martes, 7 de marzo de 2017

FESTA DEL RESERVAT

Breve historia

A mediados del siglo XIV, los vecinos de Figueroles, consiguen la autorización del Obispo de Tortosa para la construcción de una pequeña iglesia o ermita que se dedicará a San Mateo, así como un cementerio propio. El primer documento que se tiene de ello es una sentencia arbitral que se dio en Villaviciosa el 8 de mayo de 1383, por el cardenal Pedro de Luna, conocido después como Benedicto XIII (el Papa Luna), sobre los diezmos que las iglesias del Señorio de l'Alcalaten tenían que pagar a la diócesis de Tortosa.
En 1602 la iglesia de Figueroles se constituyo como parroquia, y el sábado de Ramos de 1603 se segregó definitivamente de la iglesia de Lucena del Cid, fecha en la que se celebra la Festa del Reservat, y en 1962 fue incorporada a la Diócesis de Segorbe-Castellón.
Tauleta para la festa del Reservat
Y como todos sabemos en 1726 se independizó municipalmente de Lucena.

La iglesia de San Mateo de Figueroles, es un lugar de 
culto que se encuentra ubicado en la plaza de la Iglesia, es un edificio catalogado como Bien de Relevancia Local*. Construida siguiendo los cánones del estilo renacentista y data entre 1640 y 1651.En el interior contempla retablos pertenecientes a los siglos XVI y XVII y lienzos de diversos periodos. El templo es de una sola nave y presenta una amplia fachada restaurada entre 1993 y 2003. Presenta también una torre campanario unida al edificio de la iglesia en ella se puede contemplar un reloj de sol, en la hay una descripción donde se hace referencia al apodo de la localidad "Escalda-Sants". El campanario es de planta cuadrada y acabado con un tejado de tejas azules con veleta, tiene una altura de 25m. y su construcción data de 1793. Se restauro en 2003.

*Bien Inmueble de Relevancia local: es una figura jurídica de protección del patrimonio cultural de la Comunidad Valenciana. Se les considera bienes de inmuebles de relevancia local o comarcal aquellos inmuebles que poseen en el ámbito local o comarcal valores artísticos, arquitectonico... en grado relevante, aunque sin la singularidad propia de los bienes declarado de interés cultural, y que son declarados de interés cultural. Son declarados con los procedimientos establecidos en el artículo 62/2011 del Consejo

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